Recibir una resolución de incapacidad permanente genera dudas sobre la pensión, el puesto de trabajo y los siguientes pasos. Son cuestiones relacionadas, pero no idénticas. Desde la reforma de 2025 no debe darse por hecho que la declaración comporta por sí sola la extinción automática del contrato.
Qué cambió con la Ley 2/2025
La ley modificó el Estatuto de los Trabajadores para las situaciones de incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad. La respuesta laboral exige valorar los ajustes razonables del puesto o un cambio a otro puesto vacante y disponible que sea compatible, en los términos previstos legalmente.
La extinción puede proceder en los supuestos establecidos, entre ellos cuando los ajustes supongan una carga excesiva, no exista un puesto adecuado disponible o se rechace un cambio debidamente propuesto. La decisión empresarial debe ser motivada y comunicarse por escrito.
Dos plazos que conviene conocer
La persona trabajadora dispone de diez días naturales desde la notificación de la resolución para manifestar por escrito a la empresa su voluntad de mantener la relación laboral. La empresa dispone de un máximo de tres meses desde su propia notificación para realizar las actuaciones previstas en la ley. Son plazos con referencias distintas: conserva la documentación que permita determinar cuándo se notificó a cada parte.
Documentos para estudiar el caso
- La resolución completa y el justificante de notificación.
- Las comunicaciones remitidas a la empresa y su constancia de recepción.
- La descripción del puesto y de las tareas que se realizan.
- Los informes relevantes sobre limitaciones funcionales.
- Las propuestas de adaptación o cambio de puesto que se hayan formulado.
No envíes informes médicos indiscriminadamente. La información debe facilitarse por los cauces adecuados y en la medida necesaria. Una consulta temprana ayuda a preparar la comunicación y a distinguir los trámites laborales de los relativos a prestaciones.
Pensión y trabajo necesitan una revisión propia
La posibilidad de mantener una relación laboral no resuelve por sí sola la compatibilidad con una pensión. Hay que examinar el grado reconocido, las funciones y las reglas de Seguridad Social aplicables. Tampoco toda discrepancia con una resolución se plantea por la misma vía.
En K-pital Legal podemos revisar las notificaciones y orientar sobre los pasos relacionados con la incapacidad y la situación laboral. Si acabas de recibir una resolución, indica desde el primer contacto la fecha exacta: puede ser determinante para organizar la actuación.
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